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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 255
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 255
Las circunstancias consistentes en que el encausado no tenga antecedentes penales, en que por su juventud (22 años de edad) poseía escasa experiencia de la vida, en que estaba dedicado al ejercicio de un trabajo honesto y en que poseía muy escaso grado de ilustración ya que según su dicho no desmentido, sabía leer y escribir muy poco porque nunca asistió a la escuela, así como el hecho de que su superior le haya ordenado que actuara, "a como hubiera lugar" son datos que razonablemente mueven a estimar que el encausado no es un sujeto de máxima peligrosidad.
Precedentes
Amparo directo 1174/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.