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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 256
RIÑA, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 256
La circunstancia de que el acusado haya estado cerca de su víctima, con la que existían antecedentes de enemistad, no obliga a reconocer que se haya producido una contienda de obra si no se encuentra plenamente probada en autos la existencia de la riña, que se caracteriza por un común ánimo de pelear, ya que no está fuera de razón el pensar que de haber ocurrido una contienda de obra el acusado habría recibido un daño en su persona, aun cuando fuese leve.
Precedentes
Amparo directo 2666/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.