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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 277
TESTIGOS DE DESCARGO QUE DECLARAN EN SEGUNDA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 277
Si el juzgador desechó los dichos de los testigos de descargo que declararon en la segunda instancia, expresando que no son creíbles, porque el acusado no aludió a ellos en el curso de la instrucción, no viola las garantías individuales del acusado, dado que siendo un deseo innato en todo acusado el aportar el mayor número de pruebas para demostrar su inocencia, no es lógico suponer que puede diferir durante tanto tiempo el desahogo de una prueba de descargo.
Precedentes
Amparo directo 4092/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.