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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292943
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 284
LEGITIMA DEFENSA, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 284
El hecho de que el occiso al disparar al quejoso con su arma sin hacer blanco se haya retirado del lugar, es un acto revelador de que el peligro "de presente" a que se refiere la excluyente de legítima defensa, había desaparecido, por lo cual resulta indudable que el agente se ubicó en situación antijurídica al perseguir a su anterior atacante para hacerse justicia por propia mano, es decir, para cobrar venganza del agravio inferido y del peligro corrido, ya que si había sufrido una agresión, debió dejar en manos de las autoridades sancionar a su ofensor por haber atentado contra su vida, pero no privar de la suya a su contrario.
Precedentes
Amparo directo 3284/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.