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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 286
IMPRUDENCIA, ELEMENTOS QUE EVIDENCIAN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 286
Si concurrieron a integrar la conducta imprudente del sujeto, tanto la negligencia de no revisar el coche que indebidamente sacó del taller de su padre, la impericia de no saber controlar un vehículo que sufre ponchadura por la excesiva velocidad que llevaba, como falta de reflexión, son causas eficientes para el resultado dañoso que ocasionó, y atribuible éste a origen culposo, desechándose la accidentalidad del evento.
Precedentes
Amparo directo 4526/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.