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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 365
LEGITIMA DEFENSA, INEXISTENCIA DE LA EXIMENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 365
La defensa legítima requiere la existencia de una agresión actual e injusta, no provocada ni prevista, por lo que si el occiso fue privado de la vida cuando huía y era perseguido con pistola y rifle en mano por el quejoso, aun suponiendo que hubiera existido una agresión original, la actitud del citado occiso en el momento de ser muerto ya no era de agresión, sino de fuga, y aun suponiendo que el ataque hubiera existido, había ya cesado éste, por lo cual la eximente en cuestión no puede tener verificativo.
Precedentes
Amparo directo 1694/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de octubre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.