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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 366
ACCIDENTE, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD POR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 366
Si el inculpado conocía las malas condiciones en que se encontraba la locomotora, estaba actuando culposamente al salir al camino manejándola, y dicha actividad imprudencial elimina la existencia del caso fortuito, pues colocado el sujeto en un terreno francamente culposo no puede operar el límite de culpabilidad a que se refiere la fracción X del artículo 15 del Código Penal Federal.
Precedentes
Amparo directo 2001/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de octubre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.