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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 390
ESTUPRO, VIRGINIDAD EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 390
Para que exista el delito de estupro lo que se necesita es que la menor sea casta y honesta y no que sea virgen, y una mujer puede ser casta y honesta aunque haya sido desflorada, siempre que después de ese hecho haya observado buena conducta; por eso, aun en el supuesto de que en efecto la menor ofendida hubiera sido víctima de desfloración con anterioridad a los hechos motivo del proceso, tal circunstancia no implica que se trate de una mujer no casta ni honesta, porque la castidad se refiere a la conducta externa del ser humano, y así puede carecer de virginidad, pero ser casta y honesta, ya que este atributo también es de carácter moral y la virginidad es un elemento de carácter físico que puede perderse sin perder la mujer sus cualidades de castidad y honestidad.
Precedentes
Amparo directo 5859/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.