Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/292991
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 421
CUMPLIMIENTO DE UN DEBER, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 421
El cumplimiento del deber que invoque el inculpado en su carácter de autoridad no lo autoriza a privar de la vida a un delincuente por el hecho de no dejarse aprehender, pues suponiendo que el acusado por razón de su cargo de autoridad pública tuviese el deber legal de detener al responsable de un delito conforme a lo establecido en el artículo 15, fracción V, del Código Penal del Estado de Tamaulipas, no se configura la excluyente cuando el cumplimiento del deber o el ejercicio de derecho consignados en la Ley fue notoriamente excesivo o innecesario.
Precedentes
Amparo directo 1588/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de noviembre de 1956. Cinco votos Ponente: Juan José González Bustamante.