Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293011
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 470
OBRAR EN EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 470
Hay cumplimiento de un deber, sólo en cuanto el acusado en su carácter de agente de la autoridad, procura la detención de un delincuente, no en cuanto lo lesiona; pero si la conducta del lesionado era no sólo de oposición a la autoridad, sino de agresión a su representante, y éste rechaza la agresión de que es objeto, sobre quien ya antes lo había agredido y lo seguía haciendo, las lesiones producidas por el acusado deben declararse no delictivas.
Precedentes
Amparo directo 4477/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.