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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 528
RIÑA, INEXISTENCIA DE LA MODALIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 528
Si había una riña entre el hermano del quejoso y el occiso, riña que el citado quejoso presenciaba y al ver que su hermano estaba perdiendo en la contienda, sacó su puñal y lo encajó en la espalda del que iba ganando la lucha y que estaba enteramente ajeno a que por su espalda iba a ser herido por el acusado, resulta inconcuso que no puede estimarse que hubiese obrado en legítima defensa porque si este último presenció la contienda e intervino en ella no esta excluido de responsabilidad. Cosa diferente sería si no hubiese presenciado la riña, si no que de improviso viese la agresión que un tercero hiciera a su hermano.
Precedentes
Amparo directo 3215/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de noviembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.