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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 529
ABIGEATO, SANCION AL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 529
No es óbice el hecho de que haya observado buena conducta anterior para que se aplique al delincuente una sanción que rebase al término medio señalado por la ley penal para el abigeato, habida cuenta de que este delito debe reprimirse con severidad por ser pernicioso a la economía.
Precedentes
Amparo directo 4201/55. Por acuerdo de la Primera sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de noviembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.