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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 559
ALIENTO ALCOHOLICO, VALOR INDICIARIO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 559
Si en su preparatoria el inculpado sostuvo que no se encontraba ebrio y tal aseveración es aceptable porque en el dictamen médico respectivo sólo se asentó que presentaba aliento alcohólico, ello no es óbice a la conclusión de que aquel individuo no se encontraba en pleno dominio de sus facultades, puesto que la bebidas alcohólicas que había ingerido necesariamente tenían que producirle algún trastorno aun cuando no hayan alcanzado a ponerlo en estado de ebriedad.
Precedentes
Amparo directo 4618/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.