Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293051
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 559
CONDENA CONDICIONAL, PRESUNCION DE MALA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 559
Si al revisarse las constancias del proceso se encuentra que en la ficha signalética del inculpado se le identificó con motivo de un proceso que se le instruyó en otro Juzgado, ese dato origina una presunción de mala conducta que, en ausencia de otros elementos probatorios de significación contraria, da razón suficiente para que se tenga por no satisfecho el requisito señalado en el inciso b) de la fracción I del artículo 90 del Código Penal Federal.
Precedentes
Amparo directo 766/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de noviembre de 1956. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.