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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 569
ROBO, CUANTIFICACION DEL, PARA LA INDIVIDUALIZACION DE LA PENA (LEGISLACION DEL ESTADO DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 569
La aplicación de la fracción III del artículo 360 del Código de la Defensa Social del Estado de Hidalgo, únicamente puede servir de base para la pena, cuando se trate del delito de robo que exceda de $500.00; pero si en el sumario del proceso aparece que no se cuantificaron los objetos robados, es violatorio de garantías el fallo que se dicte fijando la pena impuesta al acusado con base en el precepto citado.
Precedentes
Amparo directo 752/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de noviembre de 1956. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.