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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 633
PELIGROSIDAD QUE REBASA EL TERMINO MEDIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 633
Si el quejoso se dedicó a tomar bebidas embriagantes y, al encontrarse a su suegra, ésta lo incriminó por su proceder y, lejos de aceptar el reproche contestó con palabras fuera de lugar y como respuesta recibió una injuria y la contestó privando de la vida a su madre política, son hechos que revelan una peligrosidad que rebasa el término medio, por lo que si la responsable lo condena a una pena que no alcanza el término medio señalado por la Ley penal, lo está beneficiando y en consecuencia no existe violación constitucional.
Precedentes
Amparo directo 3319/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de diciembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.