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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 739
RESPONSABILIDAD PENAL, HECHOS QUE PRUEBAN PLENAMENTE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 739
Si los acusados aceptaron haber estado en el lugar de los hechos y haber participado en las actividades, aunque sin precisar éstas, y esos antecedentes relacionados con los delitos de que se trate en su conjunto y por su enlace natural y su relación constituyen prueba plena respecto a la responsabilidad de los quejosos, resulta improcedente el agravio alegado respecto a la falta de comprobación legal de su responsabilidad.
Precedentes
Amparo directo 702/55. Por acuerdo de la primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de diciembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.