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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 757
CLASIFICACION DEL DELITO, CAMBIO DE, EN LA SENTENCIA DE APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 757
Si de autos aparece que el reo ejecuta las acciones integrantes del delito de violación sin que éste se hubiere logrado totalmente, la sentencia que dicte el tribunal de segundo grado, al modificar el fallo del inferior que había sentenciado por violación, por el de violación en grado de tentativa, está arreglada a derecho y no implica transgresión del precepto de que se trata y en consecuencia no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo directo 1174/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de diciembre 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.