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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 760
CONDENA CONDICIONAL, PARA QUE PROCEDA DEBEN PROBARSE PLENAMENTE LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 760
La Suprema Corte de Justicia vino sustentando con anterioridad, el criterio de tener por presuntivamente acreditados los requisitos exigidos por el artículo 90 de Código Penal del Distrito y Territorios Federales o su correlativo en las legislaciones de los Estados, si de las constancias procesales no aparecían desvirtuados, pero tal apreciación ha dejado de tener privanza en atención a que la mayoría de la Primera Sala estima que deben acreditarse y no presumirse tales exigencias.
Precedentes
Amparo directo 5113/54. 10 de diciembre de 1956. Mayoría de tres votos. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez y Juan José González Bustamante. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.