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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 9
FRAUDE POR SIMULACION, ELEMENTOS DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 9
El artículo 343, fracción X, del Código Penal del Estado de Guanajuato define el delito de fraude por simulación en los términos siguientes: Al que hiciere un contrato, un acto, o escrito judicial simulados, con perjuicio de otro, para obtener cualquier beneficio indebido. Por lo tanto, los elementos constitutivos del ilícito de que se trata, son: a). La existencia de un acto o contrato o escrito judicial; b), que las partes declaren o confiesen en él falsamente lo que en realidad no ha pasado o no se ha convenido entre ellos y c), que la acción cause perjuicio a tercero o se haga para obtener algún beneficio indebido.
Precedentes
Amparo directo 2341/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.