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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 74
RAPTO, CUANDO SE PRESUME LA SEDUCCION EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 74
Respecto al rapto debe decirse que la violencia no es el único elemento que contempla la ley para que el apoderamiento de una mujer, configure ese delito, sino también la seducción y esta legalmente se presume por el solo hecho de que la ofendida no haya cumplido dieciséis años al cometerse el delito.
Precedentes
Amparo directo 5652/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.