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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 83
CONFESION DEL ACUSADO, VALOR DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 83
La confesión del acusado debe tomarse en su integridad sólo cuando por el conjunto de circunstancias del proceso no resulte inverosímil ni sospechosa de falta de veracidad, por lo que tratándose del delito de robo, si milita en contra del producente la presunción de apoderamiento, y se ve por la serie de probanzas llevadas a la causa que en un principio sostiene ser ajeno a los hechos y con posterioridad, contradiciendo su primitiva declaración, manifiesta ser el dueño de los objetos materia del delito, aduciendo haberlos adquirido legítimamente y de buena fe, debe sostenerse que la presunción, ya de por sí vehemente, se robustece en contra del acusado, sobre todo si como él lo afirma, siendo persona acostumbrada a las operaciones de compraventa de animales, no recaba del supuesto vendedor documentación alguna que acredite la legitimidad de la operación.
Precedentes
Amparo directo 8258/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.