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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 173
PRUEBA INDICIARIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 173
Es bien sabido que para dictar una sentencia condenatoria los indicios deben de tener un carácter unívoco; y si para dictar una sentencia condenatoria se requiere prueba plena y los indicios aunque vehementes pueden ser interpretados en diferente forma, debe el juzgador concluir que no hay certeza procesal fundada y aplicar la disposición referente a la duda.
Precedentes
Amparo directo 3840/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de julio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.