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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 211
LEGITIMA DEFENSA, EL NUMERO DE LESIONES NO DESCARTA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 211
Si a primera vista se pudiera pensar que el número de lesiones del cadáver contraría la tesis defensiva esgrimida, pero bien ponderado ese hecho no desvanece ni empaña en algo la postura legítima del inculpado ya que si de actuaciones está probado que una vez obligado por las circunstancias del ataque a luchar frente a un adversario que daba muestras de una potencialidad y resistencia excepcionales cuando herido de muerte todavía persiguió largo trecho al propio quejoso, éste tuvo que proceder como en todas las contiendas hasta que consideró inutilizado y fuera de combate a su adversario; hasta entonces se percató de haber cesado el peligro. Consecuencia de lo dicho es que el homicidio se cometió en las circunstancias de justificación legal previstas por la fracción II del artículo 13 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 5618/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de julio de 1956. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.