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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 214
TRAFICO DE DROGAS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 214
Si bien es cierto que el tráfico de drogas supone la posesión, no es menos cierto que si una persona interviene en la venta de drogas sirviendo como intermediaria, aunque no llegue a poseerlas no deja de ser responsable del delito contra la salud en su modalidad de tráfico, ya que para esto no se necesita detentar la droga, y por lo tanto su responsabilidad es manifiesta, como copartícipe.
Precedentes
Amparo directo 4811/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.