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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 309
ROBO DE USO, INEXISTENCIA DE LA MODALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 309
No se destruye la dañada intención que la ley estima presuntivamente presente (artículo 9o. del Código Penal Federal), por la circunstancia de que el inculpado haya manifestado que no tuvo el deseo de robarse el vehículo, sino que lo hizo por el estado de intoxicación que dice presentaba en el momento del acto y que lo realizó aconsejado e inducido por su acompañante para dar un paseo, toda vez que esa circunstancia no lo ubicaría dentro de la modalidad de robo de uso por ausencia de la temporalidad de su actividad supuesto que dejó abandonada la camioneta en la carretera después de volcarla y no hubo propósito de regresarla al denunciante.
Precedentes
Amparo directo 3450/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.