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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 465
ROBO COMETIDO POR EL VENDEDOR EN CASO DE VENTA EN ABONOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 465
Si en autos se comprobó que el acusado vendió al ofendido los muebles y enseres de un negocio en determinada cantidad de dinero para pagarla en abonos mensuales y aunque en el contrato se dice que el inculpado se compromete a vender al ofendido los muebles y enseres del local el contrato es de compraventa, porque según la ley la compraventa se perfecciona por el sólo hecho de haberse convenido en la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho, por ello la propiedad se transmite al comprador, aunque la venta haya sido en abonos, porque para que se reserve la propiedad el vendedor hasta que esté pagado el precio se necesita que se haga constar esa condición precisamente en el contrato; por lo que si el acusado se apodera de los enseres y muebles que fueron materia del contrato de compraventa, sin el consentimiento del propietario o del que podía disponer de ellos con arreglo a la ley, comete el delito de robo; y la sentencia que se dicte al declarar justificado el cuerpo del delito y la responsabilidad del procesado se ajusta en todo a la ley.
Precedentes
Amparo directo 50/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Véase: Informe 1956, Primera Sala, página 83, tesis de rubro: "ROBO."