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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 487
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 487
El exceso en la legítima defensa tiene como condición prima, la previa comprobación de la presencia de una agresión con las características legales, y no la constituye, como lo ha sostenido reiteradamente esta Primera Sala, el simple ademán de sacar una arma de parte de la víctima, ya que no se contempla el peligro de presente, y si además, se verificó la ausencia de algún instrumento vulnerante en el pasivo.
Precedentes
Amparo directo 5434/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.