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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 523
IMPRUDENCIA PUNIBLE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 523
Pone de manifiesto la imprudencia del conductor de un vehículo, el hecho de pretender rebasar a un ciclista en una curva con poca visibilidad y siendo la carretera en ese lugar muy angosta, por lo que es indudable que por parte del acusado hubo imprevisión, falta de reflexión y de cuidado, que es lo que constituye la imprudencia punible.
Precedentes
Amparo directo 6152/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.