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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293317
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 535
OFENDIDO, DECLARACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 535
Nadie más capacitado para determinar la responsabilidad de una persona que el ofendido en quien se supone suficiente documentación al respecto, de tal suerte que cabe atenderlo cuando releva a alguien de tal responsabilidad, a menos que surgieran motivos de suspicacia en cuanto a ese dicho, sin que esto signifique dejar en manos del denunciante la clasificación legal de los hechos.
Precedentes
Amparo directo 2490/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.