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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 585
CONFESION DE UN ACUSADO QUE NO HABLA EL IDIOMA ESPAÑOL (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 585
La confesión que produce ante el Ministerio Público investigador un acusado que no habla el idioma español, tiene la eficacia probatoria que señala el artículo 249 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito y Territorios Federales, si consta que fue cumplido el requisito establecido por el artículo 183 del mismo ordenamiento procesal, o sea que el declarante haya estado asistido de perito intérprete, y además se aprecia que se cumplen todos los requisitos señalados en el artículo 249 a que antes se hizo mención.
Precedentes
Amparo directo 4507/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.