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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293373
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 679
EMBRIAGUEZ, COMO EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 679
La causa de inimputabilidad de la conducta, basada en un estado de inconsciencia de los actos del agente sólo concurre cuando el imputado se embriaga en un acto ocasional e involuntario; pero no cuando la procura en un acto deliberado de voluntad, ya que aun en éste extremo su conducta que el derecho clasifica como actio libera in causa, esto es, cuando el agente aporta con su conducta una condición del resultado, de todas formas tales acciones deben ser objeto de represión penal, dada la cantidad del daño que determina.
Precedentes
Amparo directo 995/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 31 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.