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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 689
ATENTADOS AL PUDOR, DELITO DE (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 689
Los elementos estructurales del delito de atentados al pudor, que define el artículo 236 del Código Penal del Estado de Coahuila, son: a) un acto erótico-sexual, entendido éste como cualquier acción lujuriosa ejecutada físicamente en el cuerpo el sujeto pasivo, como caricias, manoseos y tocamientos corporales obscenos, o que el agente hace ejecutar a su víctima; b) ausencia de propósito directo e inmediato de llegar a la cópula, pues de darse ésta o un principio de la ejecución del delito de atentado, desaparecería esta figura delictiva o se quedaría prendida dentro de la tentativa de violación; y c) sin el consentimiento de la persona púber, o con el consentimiento del impúber.
Precedentes
Amparo directo 3241/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.