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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 726
RIÑA, LA CONTIENDA DE OBRA CON ANIMO DE CAUSARSE DAÑOS RECIPROCOS, ES REVELADORA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 726
Si de la confesión del acusado tomada en sus términos se desprende que hubo una contienda de obra con ánimo de causarse daño recíproco, se está en presencia de la modalidad de la riña.
Precedentes
Amparo directo 4945/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de septiembre de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.