Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293401
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 727
PENA ADECUADA A LA ACUSACION DEL MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 727
Si la autoridad responsable de segundo grado ha considerado que en el sumario se encuentra probado que existió un homicidio simple, pero el Ministerio Público por una indebida consideración a los inculpados, en un pliego de conclusiones acusó por un delito imprudencial, ante el impedimento de aplicar la sanción que correspondería realmente al delito, si resolvió considerando que esa imprudencia era grave, no puede existir violación alguna a las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo directo 4832/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de septiembre de 1956. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.