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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 749
DILIGENCIAS PRACTICADAS EN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO POR AUTORIDAD AUXILIAR DEL MINISTERIO PUBLICO, VALOR DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 749
Si las primeras diligencias, fueron practicadas por el Director de la Propiedad Industrial, sus actuaciones tienen pleno valor probatorio como auxiliar que es del Ministerio Público Federal, atento el contenido de la fracción VII del artículo 33 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal, y es indudable que las diligencias practicadas en el expediente administrativo pueden ser tenidas en cuenta, con pleno valor probatorio por las autoridades judiciales, pues el hecho de que la declaración administrativa no prejuzgue sobre la existencia de un delito, obedece simplemente a que es privativo de las autoridades judiciales declarar la existencia de los delitos, pero ello no significa que dichas actuaciones carezcan de valor probatorio en las averiguaciones penales.
Precedentes
Amparo directo 3468/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamente.