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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 786
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 786
Si el inculpado da causa a la agresión y emplea un instrumento metálico en el hecho, en tanto que el pasivo está inerme y dando la espalda, es indudable que el activo al dar causa a ella y la forma de contestarla, sin peligrar su integridad física y con arma, elimina toda posibilidad de que opere a su favor la excluyente de legítima defensa.
Precedentes
Amparo directo 4076/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.