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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 809
ABIGEATO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 809
El delito de abigeato a que se refiere el artículo 330 de la Ley de reformas al Código Penal del Estado de Michoacán, señala como sus elementos constitutivos: a).- Una acción de apoderamiento; b).- De uno o más semovientes; c).- Que éstos sean ajenos; y d).- Que el apoderamiento se realice sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de dichos semovientes conforme a la ley. Estos elementos se surten si el acusado reconoce haber tenido en su poder los semovientes materia del apoderamiento, sin que compruebe la procedencia de los mismos, máxime si el ofendido acredita su propiedad sobre dichos semovientes.
Precedentes
Amparo directo 4030/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.