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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
293453
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 29

MINISTERIO PUBLICO EL JUEZ NO PUEDE REBASAR LA ACUSACION DEL.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 280/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos, en cuanto a la conclusión y por mayoría de cuatro votos en cuanto a los razonamientos del proyecto. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Registro digital (IUS): 293453