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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 121
PREMEDITACION Y ALEVOSIA, CALIFICATIVAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 121
Si en el iter criminis intervino la meditación desde mucho antes de la ejecución, planeando el acusado el medio que emplearía, adquiriendo una arma de fuego y asimismo ubicándose en sitio apropiado para esperar oculto el paso del ofendido y dispararle por la espalda, no sólo concurre la premeditación, sino también la alevosía.
Precedentes
Amparo directo 972/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.