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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 167
VEHICULOS, IMPRUDENCIA POR EXCESO DE VELOCIDAD EN.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 167
Cuando revela la imprudencia del acusado, el exceso de velocidad comprobado por el dictamen correspondiente y los atestados de autos, aun admitiendo que no hubiese sido esa la causa de la volcadura, sino el hecho de haberse dormido al entrar a una curva, tal circunstancia tampoco desvirtúa su responsabilidad en los hechos que se le imputan.
Precedentes
Amparo directo 5543/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.