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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 184
FRAUDE EN GRADO DE TENTATIVA Y FALSIFICACION, COEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 184
El artículo 251 del Código Penal Federal, dispone que si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ella hubiera cometido el delincuente; y en esta virtud, si el juzgador consideró como autónomos los delitos de falsificación y fraude en grado de tentativa, condenando por ambos al delincuente, no es violatorio de garantías su fallo.
Precedentes
Amparo directo 23/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.