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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 303
PRUEBA PERICIAL, SINGULARIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 303
Por regla general los peritos deben ser cuando menos dos, y bastará uno en casos en que sólo ese pueda ser habido, si peligra el retardo o cuando el caso sea de poca importancia. La singularidad está plenamente justificada porque tanto la intoxicación alcohólica como los choques de automóviles, por sus elementos transitorios y por la necesidad de despejar la vía lo más pronto posible en estos últimos, sino se recaba la prueba pericial con premura, se pierden los vestigios y con ellos los elementos principales de la investigación.
Precedentes
Amparo directo 6093/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de mayo de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.