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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293562
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 411
ROBO EN LAS BODEGAS DE UNA COMPAÑÍA AERONAUTICA. COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 411
Si el apoderamiento con ánimo de apropiación es perpetrado por el quejoso, en bienes de una compañía de aviación, ubicados en las bodegas de dicha empresa, la competencia se surte por razón de territorio, para el tribunal del fuero común, y por lo tanto, la declinatoria de la jurisdicción del Juez de Distrito lo es con arreglo a derecho, dado que éste sólo tiene la jurisdicción de su competencia, si el evento se hubiera perpetrado a bordo de alguna de las aeronaves de la propiedad de la citada empresa; en consecuencia la sentencia dictada por los tribunales del fuero común, no es violatoria de garantías constitucionales, de acuerdo con el artículo 5o. fracción VI del Código Penal Federal, en relación con los artículos 431 de la ley procesal federal y 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo directo 6648/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.