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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 446
VIOLACION, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 446
Por cópula se entiende: cualquier forma de ayuntamiento o conjunción sexual, con eyaculación o sin ella. En consecuencia, para demostrarse la existencia de este elemento, no es necesario probar que en la vagina de la ofendida se encontraran residuos de coito, sino que este elemento se encuentre debidamente probado en autos, con los certificados médicos que hacen constar la desfloración de la ofendida adminiculados con las declaraciones del acusado, de la víctima y de testigos.
Precedentes
Amparo directo 8010/44. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.