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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 446
CORRUPCION DE MENORES A DELITO DE (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 446
La segunda parte del artículo 166 del Código Penal sonorense expresa que se entiende por corromper, inducir a un menor a modos deshonestos de vida, alterar sus normas de conducta a modo de producir su perversión, su depravación o relajando su voluntad, en cada una de esas hipótesis, va implícita la necesidad de que la acción delictiva se prolongue por más o menos tiempo, esto es, se surten estos elementos cuando sea una conducta reiterada, contumaz, como corresponde cuando de costumbres se trata.
Precedentes
Amparo directo 5091/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de junio de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.