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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 453
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 453
No pueden estimarse integrados los elementos constitutivos de delito de fraude cuando los propios denunciantes reconocen haber convenido con el acusado la tramitación de un asunto administrativo por un precio determinado y que a la postre le fueron entregados aquellos cuyo importe cubrieron, pues en tal caso no puede decirse que hubo engaño; como tampoco lucro dado que a la intervención del acusado corresponde una remuneración.
Precedentes
Amparo directo 1385/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.