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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 523
DECLARACION DEL ACUSADO, VALOR DE LA AMPLIACION DE LA, EN LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 523
Si lo aducido por el quejoso en la demanda, no fue planteado ante los órganos decisorios, ni mucho menos fue tema a probar, resulta inconcuso que constituye material nuevo, que no pudo ser aquilatado por aquéllos, siendo una ampliación a sus declaraciones producidas en forma extemporánea y sin ningún valor.
Precedentes
Amparo directo 334/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.