Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/293610
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 524
VIOLACION, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 524
Si el agente confiesa haber abusado de la ofendida por la fuerza, es suficiente esa circunstancia para evidenciar aquella finalidad, y si además a dicha prueba se articula la manifestación de los otros coacusados en la violación, la imputación de la víctima y el atestado de una persona, la comprobación del cuerpo del delito resulta evidente, por lo cual si se llevó a efecto la pericial cuatro días después del evento y aún se encontraron huellas, la pericial representa un valor indiciario de primordial importancia, por lo que se concluye que: a), hubo cópula; b), en persona del sexo femenino; c), sin su voluntad y d) con empleo de violencia física y moral, por haber sido de noche y los violadores más de dos.
Precedentes
Amparo directo 334/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.