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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 293623
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 553
PRESUPUESTOS DE PROCEDIBILIDAD, EN DELITOS QUE SE PERSIGUEN A PETICION DE PARTE Y EN LOS QUE SE PERSIGUEN DE OFICIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 553
En los delitos que se persiguen a petición de parte, necesario es el requisito de querella como presupuesto de procedibilidad, que a su vez se traduce en una consecuencia de punibilidad de la conducta criminosa del imputado; pero tratándose de los delitos que se persiguen de oficio, como ocurre respecto del delito de robo, basta que los Organos del Estado tengan conocimiento de la comisión de un hecho que la ley reputa como delito, para que procedan a su investigación, a fin de que el Ministerio Público pueda ejercitar la acción persecutoria de rigor. Tanto es así, que cuando una persona es sorprendida in fraganti por ejemplo, al realizar un apoderamiento ilícito, hasta un particular puede detenerla y ponerla a disposición de la autoridad, a fin de que se ejercite la acción persecutoria por parte del Ministerio Público.
Precedentes
Amparo directo 5462/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.